Para aquellas almas asediadas para quienes nada más funciona, la única esperanza de alivio de deudas impositivas federales inmanejables puede ser el estatuto de limitaciones en la recaudación. En teoría, el IRS tiene solo 10 años a partir de la fecha de la evaluación para cobrar., Sin embargo, esta limitación de 10 años se aplica con tantas excepciones, exenciones y extensiones superpuestas que en todos los casos, excepto en el más simple, calcular la «fecha de vencimiento del Estatuto de cobro» correcta (o CSED en lenguaje del IRS) es bastante difícil., Sin embargo, la planificación minuciosa requiere una comprensión de cómo se aplica el estatuto de limitaciones al caso de cada cliente, y una consideración de las consecuencias del Estatuto de limitaciones de otras acciones, como presentar una oferta en compromiso, solicitar un acuerdo de pago a plazos, buscar una audiencia de proceso debido de cobro o presentar una petición en bancarrota., La Ley de reestructuración y reforma del IRS de 1998 (RRA) hizo cambios sustanciales relacionados con el estatuto de limitaciones, y de acuerdo con una disposición no anunciada, muchas extensiones de estatuto «voluntarias» que anteriormente se extraían de los contribuyentes morosos expirarán a partir del 31 de diciembre de 2002, solo dentro de unos meses.

un límite de 10 años . . . tal vez

La regla general de prescripción se encuentra en IRC §6502(a)(1), que establece que «(w)aquí se ha hecho la tasación2 de cualquier impuesto impuesto por este título . . ., dicho impuesto puede recaudarse mediante gravamen o mediante un procedimiento judicial, pero solo si el gravamen se realiza o el procedimiento se inicia dentro de los 10 años posteriores a la evaluación . . .»3 Si esa fuera toda la historia, la vida sería simple. Pero como discutiremos, hay excepciones, y luego excepciones a las excepciones. Las siguientes son algunas de las ampliaciones estatutarias4 más comunes del período de limitaciones:

  • El tiempo durante el cual los activos del contribuyente están bajo el control o la custodia de un tribunal estatal o federal, más 6 meses. §6503 (b).
  • el tiempo durante El cual el contribuyente está fuera de los estados UNIDOS, durante un período continuo de al menos 6 meses, y 6 meses después de su regreso. §6503 (c).
  • El tiempo que el IRS retiene la propiedad ilegalmente incautada de un tercero, o durante el cual injustamente tiene un gravamen en su lugar contra la propiedad de un tercero, más 30 días.5 §6503 (f).
  • El tiempo en que la acción de cobro está prohibida porque el contribuyente está en bancarrota, más 6 meses. §6503 (h).

además, una extensión del período de limitaciones puede resultar de un acuerdo voluntario entre el contribuyente y el servicio (P., la ejecución de un formulario 900 de exención de recaudación de impuestos), o como consecuencia de la acción voluntaria del contribuyente al invocar otros procedimientos relacionados con la recaudación. Estos incluyen lo siguiente:

  • solicitar una audiencia de debido proceso de cobro (CDP), o solicitar una revisión judicial de los resultados de una audiencia. §6330 (e) (1).
  • buscando protección de una obligación tributaria conjunta como «cónyuge inocente» bajo §6015(b) o §6015(c).6 §6015 (e) (2).
  • presentar una oferta en compromiso, o presentar un recurso administrativo contra el rechazo de una oferta en compromiso. §6331 (i) (5).,
  • solicitar un acuerdo de pago a plazos, o presentar una apelación del rechazo de una solicitud de acuerdo de pago a plazos. §6331 (k) (2).
  • presentar una solicitud de orden de Asistencia al contribuyente con la Oficina del Defensor del contribuyente. §7811 (d).7

exenciones voluntarias del Estatuto

antes del RRA, la razón más común para una extensión del Estatuto de limitaciones fue la solicitud del servicio de que el contribuyente celebre un acuerdo de exención «voluntaria»., La amenaza implícita era que la negativa a ejecutar la renuncia daría lugar al inicio o la continuación de la acción de gravamen, y los contribuyentes eran comprensiblemente reacios a negarse. El RRA, sin embargo, redujo severamente las circunstancias en las que el IRS puede solicitar exenciones.,8 Ahora se puede solicitar una exención solo en dos situaciones:

  • En relación con un acuerdo entre el contribuyente y el IRS para liberar un gravamen después de la expiración del período de limitaciones de otra manera aplicable; y
  • en relación con un acuerdo de Cuotas los pagos bajo los cuales se extenderían más allá del período de limitaciones de otra manera aplicable.9

terminación de las exenciones estatutarias

para ir junto con las nuevas restricciones en la búsqueda de exenciones estatutarias, el Congreso decidió que las exenciones obtenidas previamente deben darse por terminadas después de un período de Transición razonable., El resultado es §3461(c)(2) de la RRA, que establece que cuando un contribuyente acordó extender el estatuto de limitaciones en o antes del 31 de diciembre de 1999, la extensión concedida terminará en la última de las siguientes tres fechas:

  • La última fecha del período legal normal de 10 años;
  • 31 de diciembre de 2002; o
  • En el caso de una extensión celebrada en relación con un acuerdo de pago a plazos, 10 90 días después del final del período de prórroga.,

El IRS no ha tenido el tiempo, las computadoras o el personal para revisar su inventario de cuentas morosas para actualizar los CSEDs para el impacto de la regla de sunset de la RRA §3461(c)(2).11 por lo tanto, los profesionales con clientes que enfrentan gravámenes o acciones de cobro de deudas tributarias antiguas harán bien en examinar cuidadosamente el cálculo del CSED para ver si las obligaciones pronto prescribirán., El estatuto de limitaciones es una defensa afirmativa que debe ser planteada por el contribuyente, por lo que no sería prudente confiar únicamente en la esperanza de que el IRS magnánimamente llegue a compartir la feliz noticia de que las deudas tributarias de su cliente ya no son legalmente exigibles.

acuerdos de plazos

la relación entre los acuerdos de plazos y el estatuto de limitaciones justifica una mayor discusión por dos razones: En primer lugar, los acuerdos de plazos se utilizan con frecuencia y, por lo tanto, afectan a muchos contribuyentes., En segundo lugar, los cambios introducidos por el DRR en el código eran tan confusos e incoherentes internamente que dos años más tarde tuvo que aprobarse una disposición de corrección técnica en la Ley de desgravación fiscal de Renovación Comunitaria de 2000 (CRTRA)12, y mientras tanto el IRS tuvo que conciliar las posiciones conflictivas mediante una política administrativa.

Este es el problema: como se señaló anteriormente, la RRA enmendó §6502 para eliminar la capacidad del IRS de buscar exenciones de estatutos excepto en dos situaciones limitadas, una de las cuales involucra acuerdos de pago a plazos. Pero el RRA también enmendó §6331 (k) (2) y §6331(k) (3)., Los cambios a §6331 (k) (2) tuvieron el efecto de prohibir el cobro por gravamen mientras una solicitud de un acuerdo de pago a plazos estaba pendiente, o mientras un acuerdo estaba en vigor, o durante el período Después de que el IRS notificó al Contribuyente de su intención de terminar un acuerdo y durante cualquier apelación de dicha terminación. Y §6331 (k) (3) en su forma enmendada tolled el estatuto de limitaciones para cualquier período durante el cual se prohibió la recaudación por levy., Por lo tanto, si durante toda la vida de un acuerdo de Cuotas el estatuto de limitaciones se extendió automáticamente, lo que por favor diga fue el propósito de permitir explícitamente al IRS solicitar una exención voluntaria del Estatuto en relación con un acuerdo de cuotas? Esta incoherencia se solucionó mediante la corrección técnica de la CRTRA., Pero a la espera de esta solución legislativa, el IRS decidió simplemente ignorar las disposiciones de peaje automático de §6331(k)(3) que cubre el tiempo durante el cual un acuerdo de pago a plazos está en vigor:13

el servicio, como cuestión de política, nunca adoptó este período de suspensión. En cambio, el servicio consideró solo una exención válida a través del formulario 900 como extensión del CSED. En cualquier caso, esta excepción legal se eliminó recientemente mediante una corrección técnica en el artículo 313(b) (3) . . ., A partir del 21 de diciembre de 2000, el estatuto de limitaciones para el cobro después de la evaluación no se suspenderá porque el servicio está prohibido cobrar.

entonces, a pesar de la autoridad legislativa bajo la RRA para que el estatuto de limitaciones se extienda automáticamente por toda la vida de un acuerdo de pago a plazos, parece que el IRS prefirió confiar en su método tradicional de extender el estatuto a través de acuerdos de exención firmados. Y por corrección técnica el Congreso cambió la ley para ajustarse a la práctica administrativa del IRS., El efecto del §6331 (k) tal como ha sido revisado es extender el Estatuto por el tiempo que una solicitud de acuerdo de pago a plazos está pendiente, y por el tiempo durante el cual se están llevando a cabo los procedimientos administrativos para la terminación de un acuerdo, pero no por todo el tiempo que el Acuerdo está en vigor. Si el IRS quiere una extensión del Estatuto porque el término anticipado de un acuerdo de pago a plazos lo llevaría más allá del CSED, debe «pedirle» al contribuyente que firme un formulario 900 de exención de recaudación de impuestos.,14

Las reglas actuales del IRS con respecto a la extensión del Estatuto de limitaciones en el contexto de los acuerdos de Cuotas se establecen en el manual de Impuestos Internos.15 En primer lugar, el Manual señala que si el Acuerdo de pago a plazos pagará el impuesto completo antes del CSED, no es necesario garantizar la exención de estatuto. Sin embargo, de acuerdo con §6159(a), el Manual también establece que se debe obtener una exención si el Acuerdo de pago a plazos se extenderá más allá del CSED. Finalmente, como lo exige el §6502, el Manual establece que » las renuncias solo deben garantizarse cuando se establece un nuevo acuerdo.,»Según la política del IRS, tales extensiones no deben durar más de 3 meses más allá de la fecha en que el Acuerdo de pago a plazos pagaría el impuesto, y en ningún caso más de 5 años, y el período de recaudación puede extenderse solo una vez por período impositivo.16

ofertas en compromiso

otra fuente de gran confusión en el cálculo de las fechas límite de prescripción implica ofertas en compromiso., Durante muchos años, la oferta del IRS en forma de compromiso (formulario 656) contenía una disposición que establecía que al presentar la oferta, el contribuyente acordó renunciar al estatuto de limitaciones por el tiempo que la oferta estaba bajo consideración por el servicio, más un año adicional.17 se consideró que el período de exención no comenzaba en la fecha en que la oferta fue enviada por correo o recibida por el servicio, sino en la fecha en que un funcionario del IRS apropiado firmó el formulario 656 indicando que se había recibido y se consideraba «procesable».,»

a partir del 1 de enero de 2000, la RRA codificó la política del servicio de retener la acción de cobro mientras se revisa una oferta de compromiso.18 y dado que la acción de embargo y embargo está prohibida, el estatuto de limitaciones también se Tolla por el período que la oferta está pendiente, más 30 días.19 en consecuencia, el lenguaje que requiere que el contribuyente acepte una extensión del Estatuto de limitaciones en la recaudación se ha eliminado de la versión actual (mayo de 2001) del formulario 656., Por lo tanto, tanto antes como después del 31 de enero de 2000, el estatuto está sujeto a peaje durante el tiempo en que la oferta está bajo revisión, pero las reglas ahora solo aplican 30 días adicionales, no un año adicional.

finalmente, los cambios en las reglas de prescripción marcarán la diferencia en el caso de una oferta incumplida en compromiso. El Acuerdo de compromiso requiere que el contribuyente presente todas las declaraciones y pague todos los impuestos adeudados durante cinco años después de que se acepte la oferta., Lamentablemente, algunos contribuyentes tienen dificultades para alterar sus hábitos lo suficiente como para evitar una vez más convertirse en morosos y, por lo tanto, incumplir los futuros Términos de cumplimiento de sus ofertas. Y cuando esto sucede, las deudas fiscales comprometidas vuelven a la vida. Antes de los cambios de RRA, el estatuto fue renunciado mientras cualquier condición de una oferta aceptada permaneciera insatisfecha. Y dado que una de esas condiciones era cinco años de cumplimiento futuro, esto tuvo el efecto de proteger el estatuto de limitaciones para ese período de cinco años en cuanto a cualquier deuda tributaria cubierta por la oferta en caso de incumplimiento., Debido a los cambios en la RRA, esa disposición de exención ha sido eliminada de la versión actual del formulario 656. La versión de febrero de 1999 todavía contenía el texto de la renuncia, pero establecía claramente que no tendría efecto después del 31 de diciembre de 2002. Ahora parece que el estatuto de limitaciones en el cobro comenzará a correr de nuevo 30 días después de la aceptación de la oferta (ya que ya no estaría «pendiente»). Por lo tanto, es posible que si hay un incumplimiento durante el período de cumplimiento futuro de cinco años, algunas de las deudas fiscales pueden ser demasiado antiguas para ser cobradas, a pesar del incumplimiento.,

extensiones superpuestas

tratar de entender el efecto simultáneo y superpuesto de todas estas reglas dejaría a un erudito talmúdico bizco. Por ejemplo, ¿cómo se aplica el requisito de extinción de la extensión del Estatuto del 31 de diciembre de 2002 a las disposiciones de renuncia de una oferta de compromiso que se presentó bajo las reglas antiguas, pero que aún estaba pendiente después del 1 de enero de 2000? ¿Se suman los dos tipos de exenciones? En un memorándum En respuesta a las preguntas planteadas por el distrito de Rocky Mountain, la Oficina del abogado principal trató de abordar estos problemas . . ., y no inesperadamente llegó a la conclusión de que todas las exenciones disponibles y ampliaciones estatutarias debían agregarse, en orden, de modo que resultara en la extensión más larga posible de la prescripción. La siguiente serie de ejemplos se basa en los presentados en el memo20 del abogado jefe que ilustra la posición legal que el IRS ha adoptado:

antes del 31 de diciembre de 1999, el contribuyente ejecuta, y el IRS acepta, una exención del formulario 900 que extiende el estatuto hasta el 31 de marzo de 2001., El 1 de junio de 2000 (dentro del Estatuto extendido), el contribuyente presenta una oferta que el IRS acepta como procesable el mismo día. La oferta es rechazada el 30 de julio de 2000, es decir, 60 días después de que fue presentada, y el contribuyente no apela.21la oferta extiende el Estatuto por 90 días (60 días pendientes, más 30 días). Estos 90 días se añaden a la fecha determinada especificada en el formulario 900 de exención, es decir, 31 de marzo de 2001, lo que resulta en un nuevo CSED de 29 de junio de 2001.,

para las ofertas presentadas en 1999 o antes, el memorando del abogado principal afirma que el período adicional de exención de un año que se especificó en el antiguo formulario 656 seguirá siendo válido, y será el punto de partida para cualquier extensión resultante de la aplicación de las disposiciones de RRA a partir del 1 de enero de 2000. Esto se muestra por el resultado neto de los siguientes dos ejemplos:

Paso 1: el contribuyente presenta una oferta el 1 de septiembre de 1999, y la oferta se considera procesable el mismo día., El estatuto sobre los impuestos en cuestión, de no ser por la oferta, habría expirado el 1 de febrero de 2000. La disposición de exención en el antiguo formulario 656 extendería el Estatuto por los 4 meses que la oferta estaba pendiente hasta el 31 de diciembre de 1999, más un año, o un total de 16 meses. Añadiendo 16 meses al CSED original del 1 de febrero de 2000, se obtiene un nuevo CSED del 1 de junio de 2001.

En otras palabras, el estatuto está sujeto a la pendiente de la oferta, pero solo hasta el 31 de diciembre de 1999, y luego el año adicional se agrega a lo que de otro modo resultaría CSED.,

Paso 2: Tratando el 1 de junio de 2001, CSED extendido anteriormente como una fecha cierta, las nuevas reglas de RRA se aplican para extender aún más el Estatuto por cualquier período de tiempo que la oferta está bajo consideración a partir del 1 de enero de 2000, más 30 días. Suponiendo que la oferta anterior es rechazada el 1 de junio de 2000, y no se toma ninguna apelación, el estatuto habría sido suspendido por 5 meses después del 1 de enero de 2000, más 30 días adicionales. Añadiendo este tiempo a la fecha del 1 de junio de 2000, como se determinó anteriormente, se obtendría un nuevo CSED del 1 de diciembre de 2000.,

finalmente, introduciendo la regla de extinción de RRA al análisis en una nota al pie, el memo del Chief Counsel argumenta que si la disposición de exención en la antigua oferta en compromiso conduciría a un CSED después del 31 de diciembre de 2002, su efecto tendría que cortarse a partir de esa fecha. El 31 de diciembre de 2002 se trataría entonces como la fecha cierta en los dos ejemplos anteriores, y por lo tanto como el punto de partida para aplicar cualquier extensión resultante de las nuevas disposiciones de peaje posteriores al 31 de diciembre de 1999.,

tratando de adivinar una regla general de todo esto, parecería que todas las renuncias anteriores al 2000 se deben dar efecto, pero solo hasta la fecha de expiración estatutaria del 31 de diciembre de 2002. Luego, a partir de esta fecha, cualquier extensión posterior a 1999 se agrega. El hecho de que este doble-cuenta cualquier período de peaje a partir de 1999 no parece molestar a la Oficina del Jefe de abogados. En el futuro se decidirá si los tribunales aceptan o rechazan este análisis., Sin embargo, al asesorar a los clientes, o negociar con el IRS sobre las liberaciones de gravámenes y otros asuntos afectados por estas reglas, sería mejor seguir el análisis obviamente pro-IRS de la Oficina del Asesor Principal a menos y hasta que los tribunales encuentren que otra interpretación es más apropiada.

cuando llegue al final, todavía puede que no haya terminado

incluso si el CSED está a la vuelta de la esquina y el contribuyente no toma ninguna de las acciones que lo extenderían, el IRS todavía no está fuera de opciones. Hay al menos dos maneras para que el servicio se proteja a sí mismo.,

en primer lugar, suponiendo que hay activos que vale la pena agarrar, el IRS puede servir un embargo. En una regla análoga a la Aplicable a los acuerdos de cuotas, §6502 (a) (2) (B) permite al IRS celebrar un acuerdo de exención de prescripción si

. . . hay una liberación de gravamen bajo la sección 6343 después de dicho período de 10 años, antes de la expiración de cualquier período de cobro acordado por escrito por el secretario y el contribuyente antes de dicha liberación.,

queda por ver cómo el IRS implementará esta parte de su autoridad disminuida para buscar acuerdos de exención de estatutos.

segundo, al igual que antes de la Ley de 1998, el IRS puede presentar una demanda en la corte estatal. Hay dos tipos de acciones disponibles.22 una demanda para ejecutar un gravamen fiscal se utiliza «cuando hay una fuente específica, actualmente disponible de recaudación», mientras que una demanda para reducir un reclamo de impuestos a juicio se utiliza » para extender el período de recaudación donde no hay fuente de recaudación actualmente disponible.,»23 cuando proceda, ambos recursos podrán interponerse en el mismo proceso. El servicio, sin embargo, es bastante cuidadoso en el uso de su limitado personal legal, y en realidad se presentan pocas demandas de este tipo. El manual de Impuestos Internos contiene una amplia orientación en cuanto a las condiciones que justifican recomendar una demanda, así como una lista de los datos que el oficial de impuestos debe presentar al abogado de Distrito.24 entre los factores que deben tenerse en cuenta figuran el coste de la interposición de la demanda, la probabilidad y el importe previsto de cualquier cobro y las reclamaciones de las partes que tengan derechos de retención concurrentes., Centrándose en estos factores, es posible que pueda argumentar que la situación no cumple con los criterios aplicables y que no se debe presentar una demanda.

conclusión

el estatuto de limitaciones es una consideración importante para determinar la mejor manera de resolver los problemas de cualquier cliente con deudas impositivas inmanejables. Obviamente, aquellos que pueden pagar sus impuestos deben pagar, y el IRS está bien equipado para alentarlos a hacerlo., Pero para aquellos que realmente no pueden pagar lo que se debe, la ley establece un equilibrio apropiado al permitir que tales pasivos finalmente mueran para que el IRS pueda dejar de llevar cuentas incobrables y los contribuyentes puedan seguir adelante con sus vidas. Como profesionales de impuestos, necesitamos entender estas reglas para poder informar completa y exactamente a nuestros clientes de sus derechos y opciones.

1 El Sr. Haynes es abogado con oficinas en Burke, VA, y Burtonsville, MD, y es miembro del Comité de boletines de la Sociedad de contadores de Maryland., De 1973 a 1981 fue Agente Especial de la división de Investigación Criminal del IRS en Baltimore, y en 1980 fue nombrado «investigador Criminal del año» por la Asociación de investigadores federales. Se especializa en disputas y Litigios Tributarios civiles y penales, problemas de recaudación del IRS y los aspectos tributarios de la bancarrota y el divorcio. (teléfono 703-913-7500; sitio web www.bjhaynes.com)

2 Normalmente la fecha de evaluación es clara., Sin embargo, ha habido confusión en cuanto a una evaluación de «sustituto de la declaración» si la declaración no presentada se presenta más tarde, porque el IRS recalculó la CSED a partir de la evaluación posterior (es decir, la desencadenada por la presentación de la declaración faltante). Recientemente, la Oficina del consejero principal del IRS concluyó que esto era incorrecto, y que la fecha anterior de evaluación de SFR debe controlar para fines de limitaciones. ILM 200149032 (10-22-2001).

3 Maryland tiene una limitación de 7 años en la recaudación de la mayoría de los Impuestos (Impuesto General Art., §13-1103), pero una vez que se ha presentado un gravamen no se aplica un período de limitaciones. Rossville Vending V. Commissioner, 114 Md. App. 346, 689 A. 2d 1295 (1997). D. C. tiene un período de limitaciones de 10 años (D. C. Ann. Código §47-1812. 10 (d)), pero también afirma que un gravamen fiscal archivado sobrevive a la vigencia del Estatuto. Dado que los gravámenes fiscales sobreviven indefinidamente, los Estatutos de prescripción no tienen sentido, y los impuestos subyacentes son cobrables para siempre.,

4 Una breve introducción a la terminología: hablaremos de dos maneras en las que el período de prescripción puede ser ampliado — por una renuncia o extensión a una fecha futura determinada, o por una extensión por un período de tiempo determinado por referencia a algún otro evento. Mientras el reloj está en movimiento, se dice que el estatuto está «corriendo», y cuando ha llegado a su fin, ha «corrido», culminando en la «fecha de la barra del Estatuto».»Y se dice que el reloj estatutario es «tañido» por un evento que lo detiene por algún período de tiempo. Confundido? Sí, yo también.,

5 la extensión se aplica solo a una parte de la evaluación igual al valor del dinero u otros bienes devueltos a dicho tercero, o sujetos ilícitamente al gravamen.

6 por el contrario, una solicitud únicamente bajo §6015(f) no extiende el estatuto de limitaciones.

7 Véase también IRM 13.1.7.5.4.4 (10-1-2001).

8 la posición final adoptada en el DRR fue un compromiso Legislativo. ¡El Senado habría eliminado por completo la capacidad del IRS de solicitar extensiones del Estatuto de limitaciones!,

9 cuando se obtiene dicha exención, el Estatuto se extiende a la fecha establecida en la exención, más 90 días. §6502 (2) (A).

10 claramente, determinar si se concedió o no una exención de estatuto en particular «en relación con un acuerdo de pago a plazos» será crucial. En relación con esto, en el pasado algunas oficinas del IRS tenían el hábito indecoroso de terminar o amenazar con terminar los acuerdos de cuotas simplemente para obligar a los contribuyentes que de otra manera estaban en pleno cumplimiento a firmar exenciones de estatutos., En junio de 1998, el IRS se disculpó por rescindir unos 20,000 acuerdos de pago a plazos por esta razón, y ordenó la revocación de cualquier exención así obtenida. Comunicado de prensa del IRS # IR-98-44.

11 IRM 25.6 (10-1-1999) establece un «proyecto de Estatuto de limitaciones» para tratar los problemas de limitaciones con respecto a las evaluaciones, reembolsos, créditos y cobros.

12 ni siquiera la revisión de la CRTRA era suficientemente clara, y la Ley de creación de empleo y asistencia al trabajador de 2002 añadió una corrección técnica adicional.

13 ILM 200119054 (3-19-2001).,

14 tenga en cuenta que incluso las correcciones técnicas dejan un agujero en el tejido legal. Los cambios en el RRA entraron en vigor para todos los acuerdos a plazos en vigor el 31 de diciembre de 1999 y se celebraron posteriormente, mientras que la corrección técnica de la CRTRA solo entró en vigor después del 21 de diciembre de 2000. Esto parecería dejar un período de 355 días durante el cual el estatuto sería tolled a pesar de la política declarada del servicio de ignorar §6331(k)(3).

15 IRM 5.14.1.7 (10-18-1999).,

16 estas limitaciones son solo una política administrativa del IRS, y no son obligatorias por el código modificado por la RRA y la CRTRA.

17 se dijo que esto estaba justificado por la política del servicio de retener la acción de cobro mientras se estaba considerando una oferta de compromiso. IRS Policy Statement P-5-97 (1959), and Regs. §301.7122-1(d)(2) (1960).

18 §6331 (k).

19 §6331 (i) (5).

20 ILM 200046036 (9-20-2000).

21 tiempo fuera para una comprobación de la realidad., Obviamente, estos hechos se simplifican para ayudar a ilustrar los puntos más destacados. En la práctica, una oferta nunca sería considerada procesable el mismo día en que se presentó, ni una oferta de ser rechazado por sus méritos en 60 días. El IRS está tan inundado de ofertas, y tan poco personal para trabajarlas, que un retraso de 12 a 18 meses para la revisión sustantiva de una oferta en compromiso no es infrecuente.

22 §7403.

23 además, también es posible que el IRS podría haber obtenido un pagaré garantizado por una hipoteca o escritura de fideicomiso., Esto ocurre a veces en virtud de un acuerdo de garantía en relación con una oferta de compromiso. Dicho pagaré proporciona un medio alternativo de cobro, dando lugar a una causa de acción sobre el propio pagaré y, por lo tanto, no está vinculado a la prescripción del impuesto subyacente. Un análisis de la jurisprudencia puede encontrarse en ILM 200133028 (7-17-2001).

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