Aila Doc. No. 05032279 | Dated December 1, 2004

R 281655Z DEC 04
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visas

E. O., 12958: n / a
etiquetas: CVIS

tema: INA 214 (B), Base de rechazo no equivalente a inadmisibilidad o intención de inmigrante

1. M / R (SEP) aclaró este telegrama.

2. Resumen: Este cable revisa la interpretación adecuada de la sección 214(b) de la Ley de Inmigración y nacionalidad.La sección 214 (b) tiene aplicabilidad directa a la mayoría de los casos de visa de no inmigrante. No puede simplificarse para significar únicamente que los solicitantes deben tener «lazos» o deben tener la intención de regresar a casa. Una denegación con arreglo al apartado b) del artículo 214 es diferente de la denegación del apartado A) del artículo 212, en el sentido de que la primera no constituye una declaración de inadmisibilidad., Fin del resumen.

3. Los funcionarios consulares pasan una parte significativa de su tiempo interpretando, aplicando y explicando la sección 214 (b)de la Ley de inmigración y nacionalidad. Por lo tanto, merece la lectura estrecha y la interpretación cuidadosa. A través de este documento, nos gustaría aclarar cualquier posible malentendido sobre 214(b) y su aplicación apropiada. Se pide a los puestos que revisen cuidadosamente esto con todos los funcionarios consulares.

4. ¿Qué dice realmente el estatuto?, La primera sentencia de la INA 214(b) establece que: «todo extranjero (que no sea un inmigrante descrito en el subpárrafo (L) O (v) de la sección 101(a)(15), y que no sea un no inmigrante descrito en cualquier disposición de la sección 101(a)(15)(H)(i), excepto la subpárrafa (b1) de dicha sección) se presumirá que es un inmigrante hasta que establezca a satisfacción del Oficial Consular,en el momento de la solicitud de una visa, y los funcionarios de inmigración, en el momento de la solicitud de admisión, que tiene derecho a un estatus de no inmigrante en virtud de la sección 101(a)(15).»

5. ¿Qué significa esto?, Con excepciones limitadas, se presume que todos los solicitantes de visa son inmigrantes(y por lo tanto no son elegibles para visas de no inmigrante) a menos y hasta que satisfagan al Oficial consular que califican para una de las categorías de visas de no inmigrante definidas en la sección 101(a) (15) de la INA. Según la sección 291 de la INA, la carga de la prueba recae en el solicitante. Si un solicitante de visa no inmigrante no cumple con esta carga de prueba para la satisfacción del funcionario consular, entonces por ley el extranjero se considera un solicitante de estatus de inmigrante y no debe recibir una visa de no inmigrante.

6., ¿En qué se diferencia esta sección de un motivo de inadmisibilidad? Los motivos de inadmisibilidad se establecen en el apartado a) del artículo 212. Por lo general, se aplican tanto a las visas de inmigrante y no inmigrante y la mayoría tienen una contraparte en un motivo de expulsión disponible para el Departamento de Seguridad Nacional(DHS) bajo INA 237. INA 214(b) sirve de base para la denegación de visas a extranjeros que no acreditan el derecho a la clasificación de visa de no inmigrante al probar que entran dentro de una definición en INA 101(a) (15)., El hecho de que a un extranjero se le niegue una NIV en virtud del apartado b) del artículo 214 no significa que el extranjero sea inadmisible en los Estados Unidos. El solicitante sameNIV que se le niega bajo 214 (b) puede, por ejemplo,ser aprobable para una visa de inmigrante.

7. ¿Cuáles son las normas para la aplicación de 214 (b)? Esta sección incorpora por referencia las normas estatutarias para ciertas clasificaciones de visas de no inmigrante enumeradas en 101 (a) (15). Estas normas se definen con más detalle en las regulaciones correspondientes y las directrices de la FAM., El incumplimiento por parte del solicitante de cualquiera de los requisitos específicos de la categoría de NIV aplicable resulta en la denegación de 214(b). Por ejemplo, no poseer fondos suficientes para sufragar los gastos educativos resulta en una denegación de visa de estudiante 214(b). El hecho de no realizar una inversión sustancial da lugar a una denegación 214(b) de un tratado investorvisa. El hecho de no tener la intención de no abandonar la residencia extranjera resulta en la denegación de una visa B.

8. ¿Por qué el párrafo b) del artículo 214 se resume tan a menudo como aplicable únicamente a inmigrantes intencionados? La mayoría de las solicitudes de NIV son para visas de visitante o estudiante., La mayoría de las denegaciones se basan en la falta de cumplimiento del requisito de residencia en el extranjero.En consecuencia, las denegaciones 214(b) han sido equiparadas por algunos con negaciones de intención de inmigrantes. Como profesionales consulares, debemos ser cuidadosos a la hora de explicar la aplicación del apartado b) del artículo 214 y de articular las bases para la denegación en casos individuales. Hay muchas categorías de NIV que no tienen ninguna disposición de intención de inmigrante: A, C, D, G,I, K, N, O-1, R, S, T y u categorías. Por otro lado, las categorías B, E, F, J, M, O-2, P, Q y TN poseen un requisito de intención de inmigrante ya sea por ley o reglamento., La FAM proporciona orientación sobre cada uno de estos estándares de intención de inmigrante, ya que se aplican a su categoría de visa particular. El departamento está revisando estas secciones y las modificará según proceda para eliminar cualquier posible fuente de confusión.

9. Discreción Consular: INA 214 (b) requiere que el solicitante de visa de no inmigrante establezca «para la satisfacción del Oficial consular~ que tiene derecho a un estatus de no inmigrante bajo la sección 101(a) (15)»., Esto significa que cada solicitante sujeto a 214(b) debe proporcionar al conoff una demostración creíble de que las actividades previstas son consistentes con el estatus de no inmigrante reclamado. La adjudicación adecuada requiere que la oficina consular evalúe la credibilidad del solicitante y su evidencia presentada para apoyar la solicitud., Si el solicitante cumple con los requisitos legales/reglamentarios particulares de la NIV buscada y el funcionario consular está satisfecho de que el solicitante participará legalmente en las actividades consistentes con el estatus particular de NIV, y no hay inadmisibilidades, entonces el visado puede ser aprobado.

10. 214 (b) No aplicable en Todas las categorías: es importante señalar que el Congreso ha excluido expresamente las visas H-1,L y V de la presunción estatutaria establecida en 214(b)., Al adjudicar las solicitudes de visa en estas categorías, los oficiales consulares deben revisar cuidadosamente la Guía de FAM y otras disposiciones legales, incluyendo 212 (a)motivos de inadmisibilidad.

11. INA 214(b) no debe confundirse con la INA 212 (a) ni utilizarse como sustituto de un motivo de inadmisibilidad independiente. La base de denegación 214(b) puede ser superada si el solicitante demuestra a satisfacción del funcionario consular que el solicitante se reúne legalmente y cumplirá con todos los requisitos de la clasificación de visa de inmigrante particular., Se añade inadmisibilidad cuando se presentan pruebas de que el extranjero puede estar comprendido en el ámbito de aplicación del apartado A) del artículo 212 de la Ley de inmigración y Naturalización. Como se señaló anteriormente, dicha admisibilidad puede aplicarse independientemente de si el solicitante está buscando una visa de no inmigrante o de inmigrante.

12. Se plantea la cuestión de si el INA 214(b) constituye un instrumento contra el terrorismo. Como se explicó anteriormente, esta secciónse separa completamente los no inmigrantes de buena fe de los solicitantes presumidinmigrantes. Al hacerlo, no debe utilizarse ni equipararse a los motivos de inadmisibilidad previstos en el apartado A) del artículo 212,uno de los cuales está directamente relacionado con el terrorismo., Por supuesto, es preciso tener en cuenta que durante el proceso de adjudicación NIV, los funcionarios consulares identifican a los solicitantes que no califican para el estatus de no inmigrante. Al examinar todas las pruebas, documentales y orales, la oficina consular ejerce un buen juicio para evaluar la credibilidad del solicitante. Los indicios de posibles engaños derivados del comportamiento del solicitante y/o inconsistencias en la historia del solicitante pueden hacer que el funcionario consular no esté satisfecho de que el solicitante cumplirá legalmente con todos los requisitos de la categoría de NIV en cuestión., El oficial consular debe centrarse en cada uno de los requisitos de la categoría de NIV y estar convencido de que el extranjero cumplirá legalmente con cada requisito. Los solicitantes que no satisfacen al Oficial consular que cumplirán con estos requisitos legales son rechazados bajo INA 214 (b).Las personas así rechazadas por un funcionario consular también pueden ser inadmisibles en algunos casos con arreglo al apartado A) del artículo 212.,Pero si este proceso se plantea cualquier sospecha al consularofficer que el solicitante pueda de alguna manera ser involucrados insuspected terrorista comportamiento o actividad, la consularofficer debe mantener el caso en suspenso en virtud de Section221(g) y presentar un aviso de seguridad de opinión (SAO) requestproviding todos los hechos en el caso, incluso si couldreadily ser negada bajo 214(b)., La oficina consular también debería compartir la información con las oficinas de interés apropiadas en el correo y solicitar su contribución si dispusiera de información adicional o material de base que no se hubiera puesto previamente a disposición de la Sección Consular. Una solicitud de SAO sirve para centralizar la información sobre una posible actividad terrorista y facilitar el escrutinio de un posible sospechoso. Una vez que la solicitud ha sido remitida para una SAO, no se puede emitir ningún visado hasta que el departamento responda a la solicitud de SAO.

13., Consistencia: la mayoría de los oficiales consulares pasan más tiempo aplicando la sección 214 (b) que en cualquier otra sección de la ley.La interpretación cuidadosa y la comprensión precisa de la ley hacen que nuestro trabajo sea mejor. La división de capacitación consular de FSI ha comenzado a distribuir a todos los estudiantes ConGen tarjetas de referencia laminadas que contienen los textos de las secciones 101(a)(15)(b), 214(b) y 291. Las publicaciones deben tener a mano estas secciones de la ley y las notas de la FAM, y consultarlas con frecuencia. Los puestos también deben revisar los formularios locales y las hojas de información para asegurarse de que reflejan y articulan la legislación aplicable de manera coherente.

14., As noted earlier, the Department is reviewing andupdating relevant sections of 9 FAM. El Departamento transmitirá nuevas orientaciones cuando se complete este examen.

15. Minimizar considerado.

POWELL

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Cite como AILA Doc. Nº 05032279.

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